Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 31 de enero de 2008 — Comisión/Francia
(Asunto C‑147/07)
«Incumplimiento de Estado — Directivas 80/778/CEE y 98/83/CE — Calidad de las aguas destinadas al consumo humano — Concentración máxima de nitratos y pesticidas — Aplicación incorrecta»
1.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado14)
2.Recurso por incumplimiento — Objeto del litigio — Determinación durante el procedimiento administrativo previo (Art.226CE) (véanse los apartados 18 y19)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DO L330, p.32) — Superación, en determinados Departamentos, de los parámetros químicos establecidos en el anexoI, parteB, de la Directiva98/83 — Nitratos y pesticidas. |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 98/83/CE del Consejo, de 30 de noviembre de 1998, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la citada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Francesa. |