Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 31 de enero de 2008 — Comisión/Grecia
(Asunto C‑264/07)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2000/60/CE — Protección y gestión de las aguas — No realización de los análisis previstos — No presentación de los resúmenes de los análisis exigidos»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado10)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 5, apartado 1, y 15, apartado 2, de la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327, p. 1) — No presentación de los resúmenes de los análisis exigidos en virtud del artículo 5 en relación con determinadas demarcaciones hidrográficas — No realización de los análisis y estudios previstos en el artículo 5, apartado 1, de la Directiva. |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, al no haber elaborado para cada demarcación hidrográfica situada en su territorio un análisis de sus características, un estudio del impacto de la actividad humana en la situación de las aguas superficiales y subterráneas y un análisis económico del uso del agua, de acuerdo con las especificaciones técnicas de los anexosII y III; asimismo, al no haber presentado resúmenes de los análisis que exige dicho artículo, también ha infringido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 15, apartado 2, de dicha Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Helénica. |