Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 13 de noviembre de 2008 — Gargani/Parlamento
(Asunto C‑25/08P)
«Recurso de casación — Recurso del Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento contra la “acción” del Presidente del Parlamento que dio lugar a la presentación de observaciones en nombre del Parlamento en un asunto que tenía por objeto una petición de decisión prejudicial — Plazo para recurrir»
1.Recurso de casación — Motivos — Aplicación errónea del artículo 230CE, párrafo quinto, relativo al plazo para recurrir (Art.230CE, párr.5) (véanse los apartados 19 a26)
2.Recurso de casación — Fundamento de Derecho innecesario que justifica el fallo del auto — Desestimación (véanse los apartados 24y25)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 21 de noviembre de 2007, Gargani/Parlamento (T‑94/06), mediante el que el Tribunal de Primera Instancia acordó la inadmisibilidad manifiesta del recurso interpuesto por el Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo que tenía por objeto que se declarase la ilegalidad de la decisión del Presidente del Parlamento Europeo de presentar, en el marco de un asunto prejudicial, observaciones escritas en representación de esta institución, conforme al artículo 23, párrafo segundo, del Estatuto del Tribunal de Justicia pese al dictamen en contra de la Comisión de Asuntos Jurídicos y tras haberse negado a someter la cuestión al Pleno. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas al Sr. Gargani. |