Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 26 de noviembre de 2008 — EnRouteInternational/OAMI (FRESHHH)
(Asunto T‑147/06)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa FRESHHH — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 21 y28)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 7 de marzo de 2006 (asunto R352/2005-4) relativa al registro del signo denominativo FRESHHH como marca comunitaria. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | En Route InternationalLtd |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa FRESHHH para los productos de las clases 29, 30 y32 — Solicitud nº3.198.165 |
Resolución del examinador: | Denegación del registro |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación del recurso |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a En Route InternationalLtd. |