Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 13 de noviembre de 2008 — Italia/Comisión
(Asunto T‑224/04)
«FEOGA — Sección Garantía — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Ayudas a la transformación de tomates y a la producción de aceite de oliva»
1.Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Procedimiento (véanse los apartados 38 y39)
2.Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art.44, ap.1, letrac)] (véase el apartado41)
3.Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Concesión de ayudas y de primas [Art.10CE; Reglamentos del Consejo (CEE) nº729/70, art.8, ap.1, y (CE) nº1258/1999, art.8, ap.1; Reglamento (CE) nº504/97 de la Comisión, art.15, ap.1] (véanse los apartados 51 a55)
4.Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria (véanse los apartados 56 a 58, 65 y98)
5.Actos de las instituciones — Reglamentos — Reglamento que establece medidas específicas de control (véase el apartado93)
Objeto
Anulación parcial de la Decisión 2003/536/CE de la Comisión, de 22 de julio de 2003, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L184, p.42), en la medida en que excluye determinados gastos efectuados por Italia con cargo a los ejercicios financieros 1999 a2002. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a la República Italiana. |