Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 25 de noviembre de 2008 — CFCMCEE/OAMI (SURFCARD)
(Asunto T‑325/07)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa SURFCARD — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo parcial — Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 47, 64, 68, 73, 77, 78 y 81 a84)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 14 de junio de 2007 (asunto R1130/2006-1) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo SURFCARD como marca comunitaria. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre-Est Europe (CFCMCEE) |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa SURFCARD para productos y servicios de las clases 9, 36 y38 — Solicitud nº3.837.564 |
Resolución de la División de Oposición: | Denegación parcial de registro |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación del recurso |
Fallo
1) |
| Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 14 de junio de 2007 (asunto R1130/2006-1), en la medida en que denegó el registro como marca comunitaria del signo denominativo SURFCARD para los «soportes de registros magnéticos, soportes de registros ópticos» comprendidos en la clase 9, así como para los «servicios de tarjetas de crédito, servicios de tarjetas de débito» comprendidos en la clase 36 del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, de 15 de junio de 1957, en su versión revisada y modificada. |
2) |
| Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
| La Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre-Est Europe (CFCMCEE) y la OAMI cargarán con sus propias costas. |