Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 4 de diciembre de 2008 — Comisión/Países Bajos
(Asunto C‑249/07)
«Incumplimiento de Estado — Artículos 28CE y 30CE — Directiva 92/43/CEE — Medida de efecto equivalente — Autorización previa para la siembra de ostras y mejillones de especies autóctonas procedentes de otros Estados miembros — Justificación — Protección de la vida de los animales — Mantenimiento de la biodiversidad y conservación de las especies de peces en interés de la pesca»
1.Medio ambiente — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Directiva 92/43/CEE — Protección de las especies [Directiva 92/43/CEE del Consejo, arts.12, ap.1, y 22, letrab)] (véanse los apartados 31 y 34 a37)
2.Libre circulación de mercancías — Restricciones cuantitativas — Medidas de efecto equivalente (Arts.28CE y 30CE) (véanse los apartados 25 a 28, 43 a 46 y 51 a56)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 28CE y 30CE — Régimen de autorización previa para la siembra en aguas costeras neerlandesas de ostras y mejillones procedentes de otros Estados miembros. |
Fallo
1) |
| Declarar que el Reino de los Países Bajos ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 28CE y 30CE, al establecer un régimen de autorización previa para la siembra en aguas costeras neerlandesas de ostras y mejillones que proceden legalmente de otros Estados miembros y que pertenecen a especies autóctonas de los Países Bajos. |
2) |
| Condenar en costas al Reino de los Países Bajos. |