Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de diciembre de 2008 — Gateway/OAMI
(Asunto C‑57/08P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº40/94 — Artículo 8, apartados 1, letrab), y5 — Marcas anteriores que incluyen el signo denominativo “GATEWAY” — Signo denominativo “ACTIVY Media Gateway” — Falta de similitud entre los signos — Inexistencia de riesgo de confusión — Consideración de la notoriedad de marcas anteriores a la hora de la apreciación global de los signos en conflicto»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 51 a54)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta), de 27 de noviembre de 2007, dictada en el asunto T‑434/05, Gateway/OAMI, mediante la que dicho Tribunal desestimó un recurso de anulación interpuesto por el titular de marcas denominativas y figurativas, comunitarias y nacionales, que contienen el elemento denominativo «GATEWAY» para productos comprendidos en las clases 9, 16, 35, 36, 37 y 38 contra la resolución R1068/2004‑1 de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 14 de septiembre de 2005, por la que se desestima el recurso interpuesto por la recurrente contra la resolución de la División de Oposición mediante la que se desestima la oposición formulada por la recurrente contra la solicitud de registro de la marca denominativa «ACTIVY Media Gateway» para productos comprendidos en las clases 9, 35, 38 y42. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Gateway,Inc. |