(Asunto T‑275/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑275/07

Fecha: 02-Dic-2008





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 2 de diciembre de 2008 — EbroPuleva/OAMI — Berenguel (BRILLO’S)

(Asunto T‑275/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa BRILLO’S — Marcas nacionales figurativas anteriores que contienen el elemento denominativo “brillante” — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud de los signos — Artículo 8, apartado1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 24a28)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 21 de mayo de 2007 (asunto R493/2006-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Ebro Puleva,S.A., y Luis Berenguel,S.L.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Luis Berenguel,S.L.

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa BRILLO’S para productos de las clases 29, 30 y 31 — Solicitud nº2.984.995

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

Ebro Puleva,S.A.

Marca o signo invocados en oposición:

Marcas figurativas españolas «brillante» para productos de la clase 30 (marca nº922.772) y para productos de la clase 29 (marca nº2.413.459)

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ebro Puleva,S.A.

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