(Asunto T‑290/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑290/07

Fecha: 10-Dic-2008





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 10 de diciembre de 2008 — MIPMetro/OAMI — Metronia (METRONIA)

(Asunto T‑290/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa METRONIA — Marca nacional figurativa anterior METRO — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 37, 38, 51, 55 y56)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 29 de mayo de 2007 (asunto R1315/2006‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre MIP Metro Group Intellectual Property GmbH & Co. KG y Metronia,S.A.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Metronia,S.A.

Marca comunitaria solicitada:

Marca figurativa METRONIA para productos de la clase 9 y servicios de las clases 20, 28 y 41 — Solicitud nº3.387.834

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

MIP Metro Group Intellectual Property GmbH & Co.KG

Marca o signo invocados en oposición:

Marca nacional figurativa METRO para bienes y servicios de las clases 9, 20, 28 y 41, entre otras

Resolución de la División de Oposición:

Estimación de la oposición y desestimación de la solicitud de registro en su totalidad

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación de la oposición y autorización para proseguir el procedimiento de registro


Fallo

1)

Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 29 de mayo de 2007 (asunto R1315/2006-2).

2)

La OAMI cargará con sus propias costas y con las costas en las que haya incurrido MIP Metro Group Intellectual Property GmbH & Co.KG.

3)

Metronia, S.A., cargará con sus propias costas.

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