Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 18 de diciembre de 2008 — Componenta/Comisión
(Asunto T‑455/05)
«Ayudas de Estado — Sector de la metalurgia — Adquisición de una participación perteneciente a una empresa en una sociedad inmobiliaria y devolución de un préstamo concedido por dicha empresa a la sociedad inmobiliaria como contrapartida de una inversión de dicha empresa — Decisión por la que se declara que la ayuda es incompatible con el mercado común y se ordena su restitución — Criterio del inversor privado — Valoración de las acciones de una sociedad inmobiliaria — Valoración de los bienes inmuebles de una sociedad — Obligación de motivación — Examen de oficio»
1.Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art.44, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 44y45)
2.Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Competencia conferida a la Comisión y al juez nacional para calificar de ayuda de Estado una medida nacional — Inexistencia de una amplia facultad de apreciación de la Comisión (Art.87CE, ap.1) (véase el apartado97)
3.Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado (Arts.87CE, ap.1, y253CE) (véanse los apartados 98 a100)
4.Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Medidas nacionales ejecutadas sin haber sido notificadas — Facultad de la Comisión de recurrir a un requerimiento dirigido al Estado interesado para obtener la información que juzgue necesaria — Decisión adoptada por la Comisión, sin recurrir a un requerimiento, basándose en información que considera fragmentaria [Reglamento (CE) nº659/1999 del Consejo, art.10] (véanse los apartados 105 a108)
5.Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Subsanación de un defecto de motivación en el procedimiento contencioso — Improcedencia (Art.253CE) (véase el apartado121)
Objeto
Anulación de la Decisión 2006/900/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativa a la ayuda estatal ejecutada por la República de Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de Componenta Oyj (DO 2006, L353, p.36). |
Fallo
1) |
| Anular la Decisión 2006/900/CE de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativa a la ayuda de Estado ejecutada por la República de Finlandia en concepto de ayuda a la inversión en favor de ComponentaOyj. |
2) |
| La Comisión cargará con sus propias costas así como con las de ComponentaOyj. |
3) |
| La República de Finlandia cargará con sus propias costas. |