Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 26 de febrero de 2008 — Comisión/Luxemburgo
(Asunto C‑273/07)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/51/CE — Contratos públicos — Procedimientos de adjudicación de contratos»
1.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado9)
2.Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art.226CE) (véase el apartado10)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2005/51/CE de la Comisión, de 7 de septiembre de 2005, por la que se modifican el anexoXX de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexoVIII de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre contratación pública (DO L257, p.127). |
Fallo
1) |
| Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2005/51/CE de la Comisión, de 7 de septiembre de 2005, por la que se modifican el anexoXX de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexoVIII de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre contratación pública, al no haber adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo. |