Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 21 de febrero de 2008 — Comisión/Luxemburgo
(Asunto C‑328/07)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/48/CE — Respeto de los derechos de propiedad intelectual — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
1.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado9)
2.Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art.226CE) (véase el apartado11)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción de las disposiciones necesarias para atenerse a la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO L157, p.45 y —corrección de errores— DO L195, p.16). |
Fallo
1) |
| Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, al no haber adoptado, dentro del plazo establecido, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para atenerse a la citada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo. |