En el asunto C‑422/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto C‑422/07

Fecha: 19-Feb-2008

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 19 de febrero de 2008(*)

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En el asunto C‑422/07,

que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226CE, el 13 de septiembre de2007,

Comisión de las Comunidades Europeas, representada por las Sras. S. Pardo Quintillán y D. Recchia, en calidad de agentes, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandante,

contra

Reino de España, representado por el Sr. F. Díez Moreno, en calidad de agente, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandada,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oído el Primer Abogado General, Sr. M. Poiares Maduro,

dicta el siguiente

Auto

1Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 8 de febrero de 2008, la Comisión informó al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 78 del Reglamento de Procedimiento, de que desistía de su recurso y solicitó, conforme al artículo 69, apartado 5, del Reglamento de Procedimiento, que se condenara en costas al Reino de España.

2Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 18 de febrero de 2008, la parte demandada informó al Tribunal de Justicia de que no tenía que formular ninguna observación sobre el desistimiento.

3En el presente caso, el recurso y el posterior desistimiento de la Comisión fueron el resultado de la actitud del Reino de España, al no haber adoptado éste las medidas necesarias para cumplir sus obligaciones hasta después de que se presentara el recurso.

4Procede, pues, condenar en costas al Reino de España.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

1)Archivar el asunto C‑422/07, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

2)Condenar en costas al Reino de España.

Dictado en Luxemburgo, a 19 de febrero de2008.

El Secretario

El Presidente

R. Grass

V. Skouris


* Lengua de procedimiento: español.

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