En el asunto C‑570/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto C‑570/07

Fecha: 28-Feb-2008

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 28 de febrero de 2008(*)

«Acumulación»

En el asunto C‑570/07,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234CE, por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (España), mediante auto de 26 de octubre de 2007, recibido en el Tribunal de Justicia el 24 de diciembre de 2007, en el procedimientoentre

José Manuel Blanco Pérez,

María del Pilar Chao Gómez

contra

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias,

Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles,

Plataforma para la Libre Apertura de Farmacias,

y en el asunto C‑571/07,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234CE, por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (España), mediante auto de 22 de octubre de 2007, recibido en el Tribunal de Justicia el 27 de diciembre de 2007, en el procedimiento entre

José Manuel Blanco Pérez,

María del Pilar Chao Gómez

contra

Principado de Asturias,

Celso Fernández Gómez,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oído el Primer Abogado General, Sr. M. Poiares Maduro,

dicta el siguiente

Auto

1Las peticiones de decisión prejudicial versan sobre la interpretación del artículo 43CE en vista de las bases de la convocatoria para la autorización de las nuevas oficinas de farmacia en el Principado de Asturias.

2Por haber conexión entre el objeto de los citados asuntos, procede acumularlos a efectos de las fases escrita y oral y de la sentencia, conforme al artículo 43 del Reglamento de Procedimiento.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

Acumular los asuntos C‑570/07 y C‑571/07 a efectos de las fases escrita y oral y de la sentencia.

Dictado en Luxemburgo, a 28 de febrero de2008.

El Secretario

El Presidente del Tribunal de Justicia

R. Grass

V. Skouris


* Lengua de procedimiento: español.

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