Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 17 de abril de 2008 — Ferrero Deutschland/OAMI
(Asunto C‑108/07P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº40/94 — Artículo 8, apartado 1, letrab) — Riesgo de confusión — Solicitud de marca denominativa comunitaria FERRO — Oposición del titular de la marca denominativa nacional anterior FERRERO — Prueba del carácter distintivo elevado de la marca anterior»
1.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 35 a37)
2.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 57 a59)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 15 de diciembre de 2006, Ferrero Deutschland/OAMI y Cornu (FERRO) (T‑310/04), que tiene por objeto un recurso promovido contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 17 de marzo de 2004 (asunto R540/2002‑4), relativa a un procedimiento de oposición entre Ferrero OHG mbH y Cornu SA Fontain — Interpretación del artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993 (DO 1994, L 11, p.1) — Riesgo de confusión entre dos marcas — Grado medio de semejanza entre las marcas — Grado de similitud escasa entre los productos — Carácter distintivo de la marca anterior. |
Fallo
1) |
| Anular la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas de 15 de diciembre de 2006, Ferrero Deutschland/OAMI — Cornu (FERRO) (T‑310/04). |
2) |
| Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 17 de marzo de 2004 (asunto R540/2002‑4). |
3) |
| Condenar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) y a Cornu SA Fontain a cargar con las costas causadas en el recurso de casación. |
4) |
| Ferrero Deutschland GmbH cargará con las costas en las que haya incurrido en el procedimiento de primera instancia, con exclusión de las correspondientes a la intervención de Cornu SA Fontain. |
5) |
| La Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) cargará con las costas en las que haya incurrido en el procedimiento de primera instancia, con exclusión de las correspondientes a la intervención de Cornu SA Fontain. |
6) |
| Cornu SA Fontain cargará con sus propias costas, así como con las costas correspondientes a su intervención en las que hayan incurrido Ferrero Deutschland GmbH y la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)(OAMI). |