(Asunto C‑392/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑392/07

Fecha: 08-May-2008





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 8 de mayo de 2008 — Comisión/Bélgica

(Asunto C‑392/07)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/19/CE — Régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de distintos Estados miembros — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

1.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado7)

2.Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art.226CE) (véase el apartado9)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo previsto, de las disposiciones necesarias para atenerse a la Directiva 2005/19/CE del Consejo, de 17 de febrero de 2005, por la que se modifica la Directiva 90/434/CEE, relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros (DO L58, p.19).

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2005/19/CE del Consejo, de 17 de febrero de 2005, por la que se modifica la Directiva 90/434/CEE, relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse a dicha Directiva.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.

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