Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 5 de junio de 2008 — Internationaler Hilfsfonds/Comisión
(Asunto T‑141/05)
«Recurso de anulación — Acceso a los documentos — Reglamento (CE) nº1049/2001 — Denegación parcial — Acto no recurrible — Acto meramente confirmatorio — Inadmisibilidad»
1.Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios [Art.230CE; Reglamento (CE) nº1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts.7, ap.1, y 8; Decisión 2001/937/CE de la Comisión, anexo, arts.3 y4] (véanse los apartados 56, 57, 79, 108, 109 y110)
2.Defensor del Pueblo Europeo — Vía alternativa al recurso ante el juez comunitario — Imposibilidad de utilizar las dos vías de forma paralela (Art.195CE, ap.1; Estatuto del Defensor del Pueblo, art.2, aps.6 y7) (véase el apartado59)
3.Recurso de anulación — Recurso dirigido contra una decisión meramente confirmatoria de una decisión anterior (Art.230CE) (véanse los apartados 69, 70, 81 y82)
Objeto
Recurso de anulación de la decisión que supuestamente contiene el escrito de la Comisión de 14 de febrero de 2005, mediante el que se deniega a la demandante el acceso a determinados documentos de los expedientes relativos al contrato LIEN97‑2011. |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Internationaler Hilfsfonds eV cargará con sus propias costas y con las de la Comisión. |