(Asunto T‑106/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑106/07

Fecha: 10-Sep-2008





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 10 de septiembre de 2008 — Alcon/OAMI — *Acri.Tec (BioVisc)

(Asunto T‑106/07)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa BioVisc — Marcas internacionales denominativas anteriores PROVISC y DUOVISC — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 26 y43)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 8 de febrero de 2007 (asunto R660/2006‑2), relativa a un procedimiento de oposición entre Alcon Inc. y *Acri.Tec AG Gesellschaft für ophtalmologische Produkte.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

*Acri.Tec AG Gesellschaft für ophtalmologische Produkte

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa BioVisc, para productos de la clase 5 — Solicitud nº3.651.809

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

AlconInc.

Marcas o signos invocados en oposición:

Marcas denominativas internacionales PROVISC y DUOVISC, para productos de la clase5

Resolución de la División de Oposición:

Estimación de la oposición en su totalidad

Resolución de la Sala de Recurso:

Anulación de la resolución de la División de Oposición y desestimación de la oposición en su totalidad


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a AlconInc.

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