(Asunto T‑47/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑47/07

Fecha: 16-Sep-2008





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 16 de septiembre de 2008 — ratiopharm/OAMI (BioGeneriX)

(Asunto T‑47/07)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa BioGeneriX — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº40/94»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 21 y 26 a28)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 20 de diciembre de 2006 (asunto R1047/2004‑4), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo BioGeneriX como marca comunitaria.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

ratiopharmGmbH

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa BioGeneriX para productos y servicios de las clases 5, 35, 40 y 42 — Solicitud nº1.701.762

Resolución del examinador:

Denegación del registro

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a ratiopharmGmbH.

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