Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 28 de enero de 2009 — Volkswagen/OAMI(TDI)
(Asunto T‑174/07)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa TDI — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Inexistencia de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 1, letrac), y apartado 3, del Reglamento (CE) nº40/94 — Artículo 62, apartado 2, del Reglamento (CE) nº40/94 — Artículo 74, apartado 1, del Reglamento (CE) nº40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, artículo 7, apartado 1, letrac)] (véanse los apartados 30, 33, 47 y 49 a51)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 7 de marzo de 2007 (asunto R1479/2005-1) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo TDI como marca comunitaria. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | VolkswagenAG |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa TDI para los productos y servicios de las clases 4, 7 y37 — Solicitud nº842.302 |
Resolución del examinador: | Desestimación de la solicitud |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación del recurso |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Volkswagen AG cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos). |