En el asunto C‑112/08
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto C‑112/08

Fecha: 13-Ene-2009

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 13 de enero de 2009(*)

«Archivo»

En el asunto C‑112/08,

que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226CE, el 13 de marzo de2008,

Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. M.A. Rabanal Suárez y la Sra. P. Dejmek, en calidad de agentes, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandante,

contra

Reino de España, representado por la Sra. B. Plaza Cruz, en calidad de agente, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte demandada,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oída la Abogado General, Sra. J. Kokott;

dicta el siguiente

Auto

1Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 3 de diciembre de 2008, la Comisión informó al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 78 del Reglamento de Procedimiento, de que desistía de su recurso y solicitó, conforme al artículo 69, apartado 5, del Reglamento de Procedimiento, que se condenara en costas al Reino de España.

2Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 23 de diciembre de 2008, la parte demandada informó al Tribunal de Justicia de que no tenía ninguna observación que formular sobre el desistimiento.

3En el presente caso, el recurso y el posterior desistimiento de la Comisión fueron resultado de la actitud del Reino de España, al no haber adoptado éste las medidas necesarias para cumplir sus obligaciones hasta después de que se presentara el recurso.

4Procede, pues, condenar en costas al Reino de España.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

1)Archivar el asunto C‑112/08, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

2)Condenar en costas al Reino de España.

Dictado en Luxemburgo, a 13 de enero de2009.

El Secretario

El Presidente

R. Grass

V. Skouris


* Lengua de procedimiento: español.

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