(Asunto C‑30/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑30/09

Fecha: 15-Oct-2009





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de octubre de2009 — Comisión/Portugal

(Asunto C‑30/09)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 96/82/CE — Artículo11 — Planes de emergencia externos»

Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado16)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 11 de la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (DO L10, p.13), en su versión modificada por la Directiva 2003/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L345, p.97) — No elaboración de planes de emergencia externos para determinados establecimientos.

Fallo

1)

Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 11 de la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, en su versión modificada por la Directiva 2003/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2003, al no haber velado por la aplicación de las medidas previstas en el citado artículo.

2)

Condenar en costas a la República Portuguesa.

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