(Asunto T‑89/06
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑89/06

Fecha: 20-Oct-2009





Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Sexta) de 20 de octubre de2009 — Lebard/Comisión

(Asunto T‑89/06)

«Recurso de anulación — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad»

1.Recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción — Personas físicas o jurídicas — Recurso que puede reportar un beneficio al demandante (Art.230CE) (véanse los apartados 35 a40)

2.Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda que tiene por objeto la reparación de perjuicios causados por una institución comunitaria [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.21 y 53, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art.44, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 47a51)

Objeto

En particular, una pretensión de anulación de las decisiones de la Comisión por las que se desestima, por una parte, la solicitud de reexamen del cumplimiento por parte de la sociedad Aventis de los compromisos que se recogen en la Decisión de la Comisión de 9 de agosto de 1999 en el asunto IV/M.1378 — Hoechst/Rhône-Poulenc y, por otra parte, la solicitud de revocación de la Decisión de la Comisión de 13 de julio de 1999 en el asunto IV/M.1517 — Rhodia/Donau Chemie/Albright & Wilson.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

El Sr. Daniel Lebard cargará con sus propias costas y con las de la Comisión de las Comunidades Europeas.

3)

No procede pronunciarse sobre la demanda de intervención de ValauretSA.

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