Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 19 de marzo de 2009 — Comisión/Polonia
(Asunto C‑143/08)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2006/73/CE — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado9)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para atenerse a la Directiva 2006/73/CE de la Comisión, de 10 de agosto de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión, y términos definidos a efectos de dicha Directiva (DO L241, p.26). |
Fallo
1) |
| Declarar que la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo a la Directiva 2006/73/CE de la Comisión, de 10 de agosto de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión, y términos definidos a efectos de dicha Directiva, al no haber adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir lo dispuesto en dicha Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República de Polonia. |