(Asunto C‑289/08
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑289/08

Fecha: 12-Mar-2009





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 12 de marzo de 2009 — Comisión/Luxemburgo

(Asunto C‑289/08)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 96/82/CE — Artículo 11, apartado 1, letrac) — Planes de emergencia externos — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado7)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No elaboración de planes de emergencia externos con respecto a las medidas que deben tomarse en el exterior de los edificios contemplados en el artículo 9 de la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (DO L10, p.13).

Fallo

1)

Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 11, apartado 1, letrac), de la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, al no haber elaborado, dentro del plazo señalado, un plan de emergencia externo con respecto a las medidas que deben tomarse en el exterior de los edificios contemplados en el artículo 9 de dicha Directiva.

2)

Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.

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