Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 12 de marzo de 2009 — Comisión/Portugal
(Asunto C‑458/07)
«Incumplimiento de Estado — Telecomunicaciones — Directiva 2002/22/CE — Servicio universal — Obligación de poner a disposición de los usuarios finales una guía general de abonados y un servicio de información general sobre números de abonados»
1.Estados miembros — Obligaciones — Incumplimiento — Responsabilidad — Alcance — Instituciones constitucionalmente independientes (Arts.10CE y 226CE) (véanse los apartados 19 y20)
2.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado22)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 5, apartados 1 y 2, y 25, apartados 1 y 3, de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal) (DO L108, p.51) — No inclusión de determinados abonados en la guía general. |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal), al no garantizar en la práctica, conforme a los artículos 5, apartados 1 y 2, y 25, apartados 1 y 3, de la mencionada Directiva, que se ponga a disposición de todos los usuarios finales por lo menos una guía general de abonados y un servicio de información general sobre números de abonados. |
2) |
| Condenar en costas a la República Portuguesa. |