Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de junio de 2009 — Transport Schiocchet‑Excursions/Comisión
(Asunto C‑335/08P)
«Recurso de casación — Recurso de indemnización — Reglamentos (CEE) nos517/72 y 684/92 — Transportes internacionales de viajeros efectuados con autocares y autobuses — Requisitos para el nacimiento de la responsabilidad extracontractual de la Comunidad — Plazo de prescripción»
1.Recurso de indemnización — Plazo de prescripción — Interrupción (Arts.235CE y 288CE, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.46) (véanse los apartados 30 y31)
2.Recurso de indemnización — Plazo de prescripción — Inicio del cómputo — Responsabilidad por un acto normativo (Arts.235CE y 288CE, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.46) (véanse los apartados 32 a35)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 19 de mayo de 2008, Transports Schiocchet/Comisión (T‑220/07), en el que dicho Tribunal declaró la inadmisibilidad, por haber prescrito, del recurso de responsabilidad extracontractual formulado por la demandante para obtener la reparación del perjuicio irrogado por distintas irregularidades en que supuestamente han incurrido las instituciones comunitarias — Requisitos para la interposición de un recurso de indemnización — Conceptos de servicio regular y de servicio regular especializado con arreglo al Reglamento (CEE) nº517/72 del Consejo, de 28 de febrero de 1972, relativo al establecimiento de normas comunes para los servicios regulares y los servicios regulares especializados efectuados con autocares y autobuses entre los Estados miembros (DO L67, p.19; EE07/01, p.187), derogado y sustituido por el Reglamento (CEE) nº684/92 del Consejo, de 16 de marzo de 1992, por el que se establecen normas comunes para los transportes internacionales de viajeros efectuados con autocares y autobuses (DO L74, p.1). |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a Transports Schiocchet — ExcursionsSARL. |