Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de julio de2009 — Comisión/Grecia
(Asunto C‑465/08)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/36/CE — Derecho de establecimiento — Reconocimiento de cualificaciones profesionales — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado11)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (DO L255, p.22), que deroga la Directiva 89/48/CEE (DO L19, p.16). |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Helénica. |