Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 2 de julio de 2009 — Comisión/Luxemburgo
(Asunto C‑567/08)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/36/CE — Reconocimiento de cualificaciones profesionales — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado9)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción o no comunicación, en el plazo señalado, de todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (DO L255, p.22). |
Fallo
1) |
| Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, al no adoptar dentro del plazo señalado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva. |
2) |
| Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo. |