(Asunto T‑257/08
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑257/08

Fecha: 09-Jul-2009





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 9 de julio de 2009 — Biotronik/OAMI (BioMonitor)

(Asunto T‑257/08)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa BioMonitor –– Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 22 y30)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 24 de abril de 2008 (asunto R466/2007-4) relativa a la solicitud de registro del signo denominativo BioMonitor como marca comunitaria.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Biotronik GmbH & Co.KG

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa BioMonitor para productos y servicios de las clases 9, 10 y 38, restringiéndose la lista de productos posteriormente a los productos de la clase10 — Solicitud nº4.556.023

Resolución del examinador:

Denegación del registro

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Biotronik GmbH & Co.KG.

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