Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 10 de julio de 2009 — Italia/Comisión
(Asunto T‑373/05)
«FEOGA — Sección “Garantía” — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Tabaco crudo — Obligación de motivación — Artículo 7, apartado 4, del Reglamento (CE) nº1258/1999»
1.Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance (véanse los apartados 50 y51)
2.Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas (véanse los apartados 65a67)
Objeto
Anulación parcial de la Decisión 2005/579/CE de la Comisión, de 20 de julio de 2005, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L199, p.84), en la medida en que excluye determinados gastos efectuados por la República Italiana en el sector del tabaco crudo. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a la República Italiana. |