(Asunto T‑71/08
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑71/08

Fecha: 08-Jul-2009





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 8 de julio de 2009 — Promat/OAMI — Prosima Comercial (PROSIMA PROSIMA COMERCIALS.A.)

(Asunto T‑71/08)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa PROSIMA PROSIMA COMERCIAL S.A. — Marca nacional denominativa anterior PROMINA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Inexistencia de similitud de los productos — Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 21, 39 y42)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 27 de noviembre de 2007 (asunto R574/2007-2) relativa al procedimiento de oposición entre Promat GmbH y Prosima Comercial,S.A.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Prosima Comercial,S.A.

Marca comunitaria solicitada:

Marca figurativa PROSIMA PROSIMA COMERCIAL S.A. para productos y servicios de las clases 6, 7, 11, 16, 17, 20, 22, 35 a 39, 41 y42 — Solicitud nº2.423.176

Titular de la marca o del signo invocados en oposición:

PromatGmbH

Marca o signo invocados en oposición:

Marca denominativa Promina para productos de la clase7 — Marca alemana nº847.011

Resolución de la División de Oposición:

Desestimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a PromatGmbH.

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