Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 24 de septiembre de2009 — Comisión/Bélgica
(Asunto C‑8/09)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2006/17/CE — Requisitos técnicos para la donación, la obtención y la evaluación de células y tejidos humanos — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado11)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción o no comunicación, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2006/17/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a ciertos requisitos técnicos para la donación, la obtención y la evaluación de células y tejidos humanos (DO L38, p.40). |
Fallo
1) |
| Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/17/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a determinados requisitos técnicos para la donación, la obtención y la evaluación de células y tejidos humanos, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas al Reino de Bélgica. |