(Asunto T‑396/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑396/07

Fecha: 23-Sep-2009





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 23 de septiembre de2009 — FranceTélécom/OAMI (UNIQUE)

(Asunto T‑396/07)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa UNIQUE — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 20a23)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 3 de septiembre de 2007 (asunto R585/2007-2) relativa a una solicitud de registro de la marca denominativa «UNIQUE» como marca comunitaria.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

France Télécom

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa UNIQUE para productos y servicios de las clases 9, 35 y38 — Solicitud nº5.312.392

Resolución del examinador:

Denegación parcial del registro

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a France Télécom.

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