(Asunto C‑389/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑389/09

Fecha: 20-Ene-2010





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 20 de enero de 2010 — Sáenz Morales/Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

(Asunto C‑389/09)

«Procedimiento prejudicial — Inadmisibilidad»

Cuestiones prejudiciales — Admisibilidad — Cuestiones planteadas sin precisiones suficientes sobre el contexto fáctico y normativo — Inadmisibilidad (Art.267TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.92, ap.1, y 103, ap.1) (véanse los apartados 9 a20)

Objeto

Interpretación de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (DO L175, p.43) — Ámbito de aplicación — Función pública de la Administración de la Junta de Andalucía — Principio de no discriminación.

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Contencioso‑Administrativo nº3 de Almería mediante auto de 22 de septiembre de 2009 es manifiestamente inadmisible.

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