Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 5 de octubre de 2010 — Provincie Groningen y Provincie Drenthe/Comisión
(Asunto T‑69/09)
«Recurso de anulación — FEDER — Decisión por la que se reduce la ayuda financiera y se ordena la devolución parcial de los importes abonados — Entidad regional — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad»
Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Actos que les afectan directamente — Criterios — Decisión de la Comisión, dirigida a un Estado miembro, por la que se reduce una ayuda financiera del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y se ordena la devolución parcial de los fondos abonados — Recurso interpuesto por entidades regionales designadas beneficiarias de la referida ayuda — Acto que no les afecta directamente — Inadmisibilidad (Art.230CE, párr.4) (véanse los apartados 30 a 34, 37 a 39, 41, 42, 45, 53 y 54)
Objeto
Pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2008)8355 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2008, por la que se reducen las ayudas financieras del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) concedidas sobre la base del documento único de programación nº97.07.13.003, comprendido en el objetivo nº2, relativo a las provincias de Groninga y Drente (Países Bajos), con arreglo a la Decisión C(1997)1362 de la Comisión, de 26 de mayo de1997. |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Condenar en costas a Provincie Groningen y Provincie Drenthe. |