(Asunto C‑317/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑317/09

Fecha: 18-Nov-2010





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 18 de noviembre de 2010 — ArchiMEDES/Comisión

(Asunto C‑317/09P)

«Recurso de casación — Compensación de créditos regidos por ordenamientos jurídicos distintos — Reclamación del reembolso de cantidades anticipadas — Principio de litis denuntiatio — Derecho de defensa y derecho a un proceso equitativo»

1.Procedimiento — Fundamentación de las sentencias — Alcance (Estatuto del Tribunal de Justicia, art.36) (véanse los apartados 76 a78)

2.Recurso de casación — Motivos — Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación — Inadmisibilidad (véanse los apartados 88 a91)

3.Recurso de casación — Motivos — Fundamentos de una sentencia viciados por una infracción del Derecho de la Unión (véase el apartado105)

4.Recurso de casación — Motivos — Motivo basado en la inexistencia de un mecanismo de intervención forzosa (véanse los apartado 121 a125)

5.Recurso de casación — Motivos — Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General — Inadmisibilidad (véanse los apartados 130 a134)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 10 de junio de 2009, ArchiMEDES/Comisión (asuntos acumulados T‑396/05 y T‑397/05), mediante la que dicho Tribunal desestimó los recursos por los que la recurrente solicitaba, por un lado, la anulación de las decisiones de la Comisión de recuperación de las cantidades anticipadas en el marco del contrato que la vincula a la recurrente y de compensación de los créditos recíprocos y, por otro lado, la condena de la Comisión al pago del saldo de la subvención establecida por dicho contrato — Inaplicabilidad del principio de litis denuntiatio — Desestimación de la pretensión de que se declare la responsabilidad solidaria de las partes contratantes — Vulneración del derecho de defensa y del derecho a un proceso equitativo.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a Architecture, microclimat, énergies douces — Europe et Sud SARL (ArchiMEDES).

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