(Asunto T‑336/08
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑336/08

Fecha: 17-Dic-2010





Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 17 de diciembre de 2010 — Chocoladefabriken Lindt & Sprüngli/OAMI (Forma de un conejo de chocolate con lazorojo)

(Asunto T‑336/08)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria tridimensional — Forma de un conejo de chocolate con lazo rojo — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) nº207/2009] — Falta de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento nº40/94 (actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento nº207/2009)»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición del carácter distintivo como consecuencia del uso — Marca tridimensional [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, aps.1, letrab), y 3] (véanse los apartados 59 y 67a71)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 11 de junio de 2008 (asunto R1332/2005-4) relativa a una solicitud de registro como marca comunitaria de un signo tridimensional constituido por la forma de un conejo de chocolate con lazorojo.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Chocoladefabriken Lindt & SprüngliAG

Marca comunitaria solicitada:

Marca tridimensional que representa un conejo de chocolate para productos de la clase30 — Solicitud nº3.844.446

Resolución del examinador:

Denegación del registro

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Chocoladefabriken Lindt & SprüngliAG.

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