Auto del Presidente del Tribunal General de 7 de diciembre de 2010 — ArcelorMittalWire Francia y otros/Comisión
(Asunto T‑385/10R)
«Procedimiento sobre medidas provisionales — Competencia — Decisión de la Comisión por la que se impone una multa — Garantía bancaria — Demanda de suspensión de la ejecución — Perjuicio económico — Inexistencia de circunstancias excepcionales — Inexistencia de urgencia»
1.Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Perjuicio grave e irreparable — Carácter acumulativo — Orden en que deben examinarse y modo de verificación — Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales (Arts.256TFUE, ap.1, 278TFUE y 279TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.104, ap.2) (véanse los apartados 12 a14)
2.Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Suspensión de la ejecución de la obligación de constituir una garantía bancaria como requisito para que no se proceda al cobro inmediato de una multa impuesta por infracción de las normas sobre la competencia — Requisitos para su concesión — Circunstancias excepcionales — Situación que podría poner en peligro la existencia de la sociedad demandante — Apreciación en relación con la situación del grupo al que pertenece la sociedad — Denegación unilateral de asistencia por parte del grupo — Relevancia (Art.278TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art.104, ap.2) (véanse los apartados 35 a 37, 39, 40, 49, 50 y 52a56)
Objeto
Demanda de suspensión de la ejecución del artículo 2 de la Decisión C(2010)4387 final de la Comisión, de 30 de junio de 2010, relativa a un procedimiento conforme al artículo 101[TFUE] y al artículo 53 del Acuerdo EEE (COMP/38.344 — Acero para pretensado), en su versión modificada por la Decisión C(2010)6676 final de la Comisión, de 30 de septiembre de2010. |
Fallo
1) |
| Desestimar la demanda de medidas provisionales. |
2) |
| Reservar la decisión sobre las costas. |