Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 16 de diciembre de 2010 — Rubistein y L’Oréal/OAMI — Allergan (BOTOLIST y BOTOCYL)
(Asuntos acumulados T‑345/08 y T‑357/08)
«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marcas comunitarias denominativas BOTOLIST y BOTOCYL — Marcas nacionales figurativas y denominativas anteriores BOTOX — Motivo de denegación relativo — Perjuicio para el renombre de la marca — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) nº207/2009] — Obligación de motivación — Artículo 73 del Reglamento nº40/94 [actualmente artículo 75 del Reglamento nº207/2009]»
1.Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Registro contrario al artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) nº40/94 [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, arts.8, ap.5, y 52, ap.1, letraa)] (véanse los apartados 40, 64, 79y88)
2.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad — Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares — Requisito — Vínculo entre las marcas — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.5] (véanse los apartados 65y66)
3.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad — Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares — Pruebas que el titular debe aportar — Riesgo no hipotético de un aprovechamiento indebido o un perjuicio en el futuro [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.5] (véase el apartado82)
4.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de notoriedad — Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares — Requisitos — Provecho indebidamente obtenido del carácter distintivo o de la notoriedad de la marca anterior — Perjuicio para el carácter distintivo o la notoriedad de la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.5] (véanse los apartados 83a85)
5.Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Motivación de las resoluciones — Objetivo [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.73] (véase el apartado92)
Objeto
En el asunto T‑345/08, recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 28 de mayo de 2008 (asunto R863/2007‑1) relativa a un procedimiento de anulación entre Allergan, Inc., y Helena Rubinstein SNC, y, en el asunto T‑357/08, recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 5 de junio de 2008 (asunto R865/2007‑1) relativa a un procedimiento de anulación entre Allergan, Inc., y L’OréalSA. |
Datos relativos al asunto
Marcas comunitarias registradas respecto a las que se presentó una solicitud de nulidad: | Marca comunitaria denominativa nº2.686.392 BOTOLIST para productos de la clase 3 y marca comunitaria denominativa nº2.782.282 BOTOCYL para productos de la clase3 — Marcas comunitarias nos2.686.392 y 2.782.282 |
Titulares de las marcas comunitarias: | Helena Rubinstein SNC y L’OréalSA |
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: | Allergan,Inc. |
Marca o signo del solicitante de la nulidad: | Marca comunitaria figurativa nº2.015.832 BOTOX para productos de la clase 5; marca comunitaria figurativa nº2.575.371 BOTOX para productos de la clase 5; marca comunitaria figurativa nº1.923.986 BOTOX para productos de las clases 5 y 16; marca comunitaria denominativa nº1.999.481 BOTOX para productos de la clase 5; varias marcas nacionales BOTOX |
Resolución de la División de anulación: | Desestimación de las solicitudes de declaración de nulidad |
Resolución de la Sala de Recurso: | Anulación de las resoluciones de la División de Anulación |
Fallo
1) |
| Desestimar los recursos. |
2) |
| Condenar en costas a Helena Rubinstein SNC en el asuntoT‑345/08. |
3) |
| Condenar en costas a L’Oréal SA en el asuntoT‑357/08. |