(Asunto C‑55/08
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑55/08

Fecha: 25-Feb-2010





Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 25 de febrero de 2010 — Santa Casa da Misericórdia de Lisboa/Liga Portuguesa de Futebol Profissional y otros

(Asunto C‑55/08)

«Procedimiento prejudicial — Inadmisibilidad»

Cuestiones prejudiciales — Admisibilidad — Cuestiones planteadas sin precisiones suficientes sobre el contexto fáctico y normativo (Art.234CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.23) (véanse los apartados 14 a16)

Objeto

Petición de decisión prejudicial — Tribunal Judicial da Comarca do Porto — Interpretación de los artículos 43CE, 49CE y 56CE — Legislación nacional que reserva a determinado organismo el derecho a explotar, en régimen de exclusiva, los juegos de azar y las loterías, y que tipifica como delito las actividades de organización, promoción y recaudación, incluso por Internet, de apuestas sobre acontecimientos deportivos — Prohibición, impuesta a una empresa que ejerce como actividad la explotación de apuestas y loterías on line y que tiene su domicilio social en otro Estado miembro, de promover, organizar y explotar tales apuestas y loterías a través de Internet y de poner a disposición de los ganadores el importe de los premios.

Fallo

La petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto (Portugal) mediante resolución de 19 de diciembre de 2007 es manifiestamente inadmisible.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO