Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 5 de febrero de 2010 — Mergel y otros/OAMI
(Asunto C‑80/09P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº40/94 — Artículo 7, apartado 1, letrac) — Denegación de registro — Marca denominativa Patentconsult — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»
1.Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos presentados ante el Tribunal General — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado25)
2.Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto — Concepto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véase el apartado37)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 16 de diciembre de 2008, Mergel y otros/OAMI (T‑335/07), por la que se desestima el recurso de anulación formulado contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI, de 25 de junio de 2007, que desestima el recurso interpuesto contra la resolución del examinador que deniega el registro de la marca denominativa comunitaria «Patentconsult» para productos y servicios de las clases 35, 41 y 42 — Carácter distintivo de una marca compuesta exclusivamente por signos o por indicaciones que pueden servir para designar las características de los productos o servicios de que se trate. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a los Sres. Mergel, Kampfenkel, Bill y Herden. |