Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 25 de marzo de2010 — Comisión/Países Bajos
(Asunto C‑79/09)
«Incumplimiento de Estado — Impuesto sobre el valor añadido — Directiva 2006/112/CE — Artículos 13 y 132 — Organismos de Derecho público — Calidad de autoridades públicas — Actividades — No sujeción — Exenciones — Sectores sociocultural, de la salud y de la enseñanza — “Eurorregiones” — Promoción de la movilidad profesional — Puesta a disposición de personal — Carga de la prueba»
1.Recurso por incumplimiento — Procedimiento administrativo previo — Objeto (Art.226CE) (véanse los apartados 21a24)
2.Disposiciones fiscales — Armonización de las legislaciones — Impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido — Exenciones [Directiva 2006/112/CE del Consejo, arts.132, ap.1, letrasb), g) ei), y134] (véanse los apartados 54 y 60a64)
3.Disposiciones fiscales — Armonización de las legislaciones — Impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido — Sujetos pasivos — Organismos de Derecho público — No sujeción al impuesto en cuanto a las actividades que desarrollen en el ejercicio de sus funciones públicas (Directiva 2006/112/CE del Consejo, art.13, ap.1, párrs.1 y2) (véanse los apartados 79, 82 a 84, 89 y 91a95)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 2, apartado 1, letrac), 13, 24, apartado 1, y 132 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L347, p.1) — Puesta a disposición de personal en los sectores de la salud, de la enseñanza y sociocultural — Promoción de la movilidad en el trabajo — Eurorregión. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a la Comisión Europea. |