Asunto T-286/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto T-286/07

Fecha: 30-Jun-2010

AUTO DEL PRESIDENTE DE LA SALA SEXTA DEL TRIBUNAL GENERAL

30 de junio de 2010 (1)

«Archivo»

Asunto T-286/07,

Miguel Torres, S.A., con domicilio social en Villafranca del Penedès (España), representada por los Sres. E. Armijo Chávarri, M. A. Baz de San Ceferino y A. Castán Pérez-Gómez, abogados,

parte demandante,

contra

Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI), representada por el Sr. O. Mondéjar Ortuño, en calidad de agente,

parte demandada,

y en el que la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMIfue:

Torres de Anguix, S.L., con domicilio social en Anguix (España),

que tiene por objeto un recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de recurso de la OAMI, de 2 de mayo de 2007 (asunto R707/2006-2), relativa a un procedimiento de oposición entre Miguel Torres, S.A. y Torres de Anguix, S.L.


1Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal General el 21 de mayo de 2010, la parte demandante informó a éste, conforme al artículo 99 del Reglamento de Procedimiento, de que desistía de su recurso. No formuló pretensión alguna en relación con las costas.

2Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal General el 7 de junio de 2010, la parte demandada declaró que no tenía objeciones al desistimiento de la parte demandante y solicitó no cargar con las costas.

3Según el artículo 87, apartado 5, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento, la parte que desista será condenada en costas si así lo hubiere solicitado la otra parte en sus observaciones sobre el desistimiento.

4Al solicitar no cargar con las costas, la parte demandada pretende, sustancialmente, que se condene en costas a la parte demandante [auto del Tribunal General de 27 de abril de 2006, ATI Technologies/OAMI – Asociación de Técnicos de Informática (ATI), T‑377/03, no publicado en la Recopilación, apartado6].

5Por lo tanto, procede archivar el asunto, haciéndolo constar en el Registro, y condenar a la parte demandante a cargar con sus propias costas y con las de la parte demandada.

En virtud de todo lo expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA SALA SEXTA DEL TRIBUNAL GENERAL

resuelve:

1)Archivar el asunto T‑286/07, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal General.

2)La parte demandante cargará con sus propias costas y con las de la parte demandada.

Dictado en Luxemburgo, a 30 de junio de 2010.

El Secretario

El Presidente

E. Coulon

A. W. H. Meij


1 Lengua de procedimiento: español

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