(Asunto T‑315/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T‑315/09

Fecha: 09-Jun-2010





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 9 de junio de2010 — Hoelzer/OAMI(SAFELOAD)

(Asunto T‑315/09)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa SAFELOAD — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (CE) nº207/2009»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrac)] (véanse los apartados 19, 25y35)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 3 de junio de 2009 (asunto R1157/2008-4) relativa a una solicitud de registro del signo gráfico SAFELOAD como marca comunitaria.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Oliver Hoelzer

Marca comunitaria solicitada:

Marca figurativa SAFELOAD para productos de las clases 6 y12 — Solicitud nº6.330.831

Resolución del examinador:

Denegación del registro

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Oliver Hoelzer.

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