Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 10 de junio de2010 — AtlasTransport/OAMI — Hartmann (ATLASTRANSPORT)
(Asunto T‑482/08)
«Marca comunitaria — Procedimiento de caducidad — Marca comunitaria denominativa ATLAS TRANSPORT — Uso efectivo de la marca — Artículos 15 y 50, apartado 1, del Reglamento (CE) nº40/94 [actualmente artículos 15 y 51, apartado 1, del Reglamento (CE) nº207/2009]»
Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de caducidad — Falta de uso efectivo de la marca — Empleo de la marca en una forma que difiere en elementos que no alteran el carácter distintivo de la marca [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, arts.15, ap.2, letraa), y 50, ap.1, letraa)] (véanse los apartados 42y43)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 9 de septiembre de 2008 (asunto R1858/2007‑4) relativa a un procedimiento de caducidad entre el Sr. Alfred Hartmann y Atlas TransportGmbH. |
Datos relativos al asunto
Titular de la marca comunitaria: | Atlas TransportGmbH |
Marca comunitaria registrada cuya caducidad se solicita: | Marca denominativa ATLAS TRANSPORT para servicios de transporte (transporte de mercancías) de la clase39 — Marca comunitaria nº545.681 |
Parte que solicita la caducidad de la marca comunitaria: | Alfred Hartmann |
Resolución de la División de Anulación: | Desestimación de la solicitud |
Resolución de la Sala de Recurso: | Estimación de la solicitud de caducidad |
Fallo
1) |
| Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 9 de septiembre de 2008 (asunto R1858/2007-4). |
2) |
| Condenar a la OAMI a cargar con sus propias costas y con las de Atlas TransportGmbH. |
3) |
| El Sr.Alfred Hartmann cargará con sus propias costas. |