(Asunto C‑479/09
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑479/09

Fecha: 30-Sep-2010





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 30 de septiembre de 2010 — Evets/OAMI

(Asunto C‑479/09P)

«Recurso de casación — Marca comunitaria — Marca denominativa DANELECTRO — Marca figurativa QWIKTUNE — Solicitud de renovación del registro de la marca — Petición de restitutio in integrum — Incumplimiento del plazo para la presentación de la solicitud de renovación de la marca»

Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Restitutio in integrum — Plazo de presentación de la petición — Inicio del cómputo — Fecha en la que el representante del titular de la marca tuvo conocimiento de la pérdida de un derecho [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.78, ap.2; Reglamento (CE) nº2868/95 de la Comisión, art.1, regla77] (véanse los apartados 36 y 39 a41)

Objeto

Recurso de casación formulado contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 23 de septiembre de 2009, Evets/OAMI (asuntos acumulados T‑20/08 y T‑21/08), por la que dicho Tribunal desestimó un recurso de anulación de la Resolución R603/2007‑4 de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), de 5 de noviembre de 2007, que desestima el recurso interpuesto contra la resolución de la División de Administración de Marcas y de Cuestiones Jurídicas por la que se declara que la petición de restitutio in integrum, presentada por la recurrente con el fin de que se la restablezca en sus derechos relativos a la renovación de la marca denominativa «DANELECTRO», se considera no presentada por ser extemporánea — Incumplimiento del plazo para la presentación de la solicitud de renovación de marcas.

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a EvetsCorp.

Vista, DOCUMENTO COMPLETO