Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 20 de enero de 2011 — Chihabi y otros/Vandendriessche, que actúa en calidad de síndico de la quiebra de Anneessen
(Asunto C‑432/10)
«Procedimiento prejudicial — Inadmisibilidad manifiesta»
Cuestiones prejudiciales — Admisibilidad — Cuestiones planteadas sin precisiones suficientes sobre el contexto fáctico y normativo (Art.267TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.23; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts.92, ap.1, y 103, ap.1) (véanse los apartados 18 a23)
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Rechtbank van eerste aanleg te Antwerpen — Interpretación de los artículos 5, 38 a 41, 43, 177, segundo guión, 202, apartados 1 y 3, y 221, apartados 1 y 3, del Reglamento (CEE) nº2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L302, p.1), y del artículo 199, apartado 1, del Reglamento (CEE) nº2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, que establece determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº2913/92 del Consejo por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L253, p.1) — Recuperación | a posteriori | de los derechos de importación o de exportación — Comunicación al deudor — Nacimiento de una deuda aduanera a raíz de la introducción irregular de mercancías. |
Fallo
La petición de decisión prejudicial presentada por el Rechtbank van eerste aanleg te Antwerpen mediante resolución de 31 de mayo de 2007 es manifiestamente inadmisible.