En el asunto C-303/10
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el asunto C-303/10

Fecha: 11-Ene-2011

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 11 de enero de 2011(*)

«Archivo»

En el asunto C-303/10,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267TFUE, por el Tribunal Supremo, mediante auto de 3 de mayo de 2010, recibido en el Tribunal de Justicia el 21 de junio de 2010, en el procedimiento entre

Administración General del Estado

y

Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE),

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oída la Abogado General, Sra. V.Trstenjak;

dicta el siguiente

Auto

1Mediante auto de 14 de diciembre de 2010, recibido en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 28 de diciembre de 2010 (e‑mail de 21 de diciembre), el Tribunal Supremo informó al Tribunal de Justicia de que retiraba su petición de decisión prejudicial.

2En estas circunstancias, procede archivar el presente asunto, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

3Dado que el procedimiento tiene, para las partes del litigio principal, el carácter de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional nacional, corresponde a éste resolver sobre las costas. Los gastos efectuados por quienes, no siendo partes del litigio principal, han presentado observaciones ante el Tribunal de Justicia no pueden ser objeto de reembolso.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

Archivar el asunto C-303/10, haciéndolo constar en el Registro del Tribunal de Justicia.

Dictado en Luxemburgo, a 11 de enero de2011.

El Secretario

El Presidente

A. Calot Escobar

V. Skouris


* Lengua de procedimiento: español.

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